La castaña de Galicia se hace valer en Europa

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 24 de abril recoge la publicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida (IGP) Castaña de Galicia.

En el párrafo relativo a las principales características diferenciadoras de la Castaña de Galicia, se sustituye la frase "entre el 50 y el 60% de humedad del fruto una vez recolectado" por "entre el 50 y el 60% de humedad del fruto en el momento de la cosecha".

Se incluye el logotipo identificador de la IGP Castaña de Galicia, ya que en el pliego de condiciones vigente no se incluyó la imagen de éste.

El ámbito geográfico de la Indicación Geográfica Protegida Castaña de Galicia abarcará:

  • provincia de A Coruña: Comarca de Terra de Melide y los municipios de Arzúa y Boimorto (Comarca de Arzúa),
  • el conjunto de la provincia de Lugo, a excepción de los municipios de O Vicedo, Viveiro, Xove y Cervo (Comarca de Mariña Occidental), Burela y Foz (Comarca de Mariña Central) y Barreiros y Ribadeo (Comarca de Mariña Oriental),
  • la totalidad de los municipios de la provincia de Ourense,
  • provincia de Pontevedra: las comarcas de Tabeirós-Terra de Montes y Deza, los municipios de Cotobade, A Lama y Campo Lameiro (Comarca de Pontevedra) y el municipio de Cuntis (Comarca de Caldas).

La indicación geográfica protegida Castaña de Galicia se reserva a los frutos obtenidos a partir de los cultivares autóctonos gallegos del castaño europeo (Castanea sativa, Mill.) destinados al consumo humano y comercializados en fresco o congelado. La preservación de las técnicas tradicionales del cultivo del castaño en Galicia ha ido posibilitando la selección de un conjunto homogéneo de cultivares autóctonos sobre el que se asienta la actual fama y reputación de la castaña gallega. 

En cada envase de castañas IGP Castaña de Galicia se admitirán un máximo de un 5% de frutos que no cumplan las especificaciones exigidas. El proceso de congelación tiene como único fin la ampliación del período de conservación del producto, sin que se trate, en sentido estricto, de un proceso de transformación. Así, los frutos frescos y congelados comparten las características físicas, químicas y organolépticas.

Tanto en la etiqueta comercial como en la etiqueta propia de la IGP figurará obligatoriamente la mención indicación geográfica protegida Castaña de Galicia. En las etiquetas de los productos transformados (como puré de castañas, crema de castañas, castañas en almíbar, castañas en alcohol, marrón glacé, bombón de marrón glacé…), se podrá indicar que las castañas empleadas en su elaboración proceden de la IGP Castaña de Galicia, siempre que la materia prima cumpla los requisitos del pliego de condiciones.