El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 24 de julio recoge la Publicación de la comunicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Empordá, solicitada por la Subdirección General de Control de la Calidad Alimentaria y Laboratorios Agroalimentarios, de la Dirección General de Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Entre las modificaciones, se cambia la descripción de la tipología Vino Blanco. También se cambia el nombre de la tipología Vino Blanco Criado en Barrica por Vino Blanco Fermentado y/o Envejecido, Total o parcialmente en Recipientes de Madera. Se elimina la tipología Vino Blanco Fermentado en Barrica sobre Lías, al incluirse en esta última. Se introduce el tipo Vino Blanco Brisado.
También se modifica la descripción de los distintos tipos de Vino Rosado, en el mismo sentido. Lo mismo sucede con el Vino Tinto.
Se introduce una nueva tipología, dentro de la categoría 1, los llamados «Rancios» debido a su modo de envejecimiento. Se describen organolépticamente y se fija su grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo.
Se modifica la descripción de los Vinos de Aguja, la de los Vinos Espumosos de Calidad, Vinos de Licor Mistela Blanca del Empordà. También los de Mistela Negra.
La Comisión Europea también aprueba una modificación en la descripción de los Vinos de Licor Garnacha, de los Vinos de Licor Moscatel, Vinos de Licor Dulce.
Se introduce una nueva tipología, dentro de la categoría 3, los llamados «Rancios» debido a su modo de envejecimiento.
También se modifica la descripción de los vinos de uvas sobremaduradas.
Y hay cambios en los límites de grado alcohólico, de acidez total, de la volátil, y se completan los límites máximos del dióxido de azufre total.